martes, 25 de junio de 2013

BUSCANDO NIVEL

CONTRADICCIONES ENTRE SUPREMA Y PROCURADURÍA
Por Fernando Rodríguez Céspedes


Los poderes del Estado, y más los que tienen misiones tan delicadas como la Procuraduría General de la República y la Suprema Corte de Justicia, deben tener el cuidado de manejar con discreción las contradicciones o puntos de vistas disímiles que puedan tener en torno a cualquier situación.

La imagen de ambos incumbentes se ve afectada cuando aparecen en los medios de comunicación sustentando posiciones encontradas cuando se supone que debieran tratar, por los canales correspondientes, cualquier asunto de interés público, y más cuando ocupan un mismo edificio.

Existe una imprudente tendencia en algunos funcionarios a lanzar al aire ya sea por la prensa o por sus cuentas de twitter opiniones que deben ser previamente meditadas para no contradecir públicamente disposiciones de superiores como fue el caso de la fiscal del Distrito Yeni Berenice Reynoso.

La funcionaria criticó la disposición del presidente Danilo Medina de integrar a miembros del Ejército Nacional al patrullaje de nuestras calles ante la incontenible ola delincuencial que afecta al país, aduciendo que en otros lugares eso no había dado resultados.

Sin embargo, los hechos han demostrado lo contrario con una apreciable reducción de los actos vandálicos en las principales calles y avenidas de las ciudades patrulladas por las tropas militares que con sus armamentos y camuflajes resultan intimidantes.

Volviendo al tema principal, sobre el presidente de la Suprema, doctor Mariano Germán Mejía y del procurador general de la República, licenciado Francisco Domínguez Brito, el primero no está de acuerdo con que se modifique el Código Procesal Penal para incrementar las penas a los delincuentes, mientras que el segundo opina lo contrario.

Independientemente de quien tenga la razón en sus planteamientos, lo que sí consideramos es que ambos funcionarios deben concentrarse más en eficientizar la justicia en base a la mejor aplicación de los instrumentos legales con que cuenta nuestro sistema judicial a todos los niveles.

2 comentarios:

  1. Lo raro es que el titular de la Suprema Corte esté opinando sobre posibles legislaciones. Los miembros de la Suprema solo deben opinar en sus decisiones referentes a los casos que deciden. Que la titular del Ministerio Público y el Procurador opinen es más entendible porque ellos manejan "el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal y ejerce la acción publica en representación de la sociedad". Esto último es tomado del Art. 169.- Definición y funciones: El Ministerio Publico.
    Además, aunque las dos son parte del Estado, una depende del ejecutivo y la otra es totalmente independiente. ¿Qué opina el abogado Jochy Reyes?

    Isaias

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  2. Totalmente de acuerdo con usted señor director. Estas dos entidades del estado juegan un papel totalmente diferente en el ejercicio de sus funciones. Una es suprema en materia de justicia, y está por encima de todos, incluyendo el ejecutivo el cual debe vigilar, fiscalizar, y juzgar si es necesario como le manda la ley. El otro es un organismo totalmente dependiente del poder ejecutivo, y su misión es dirigir la política del gobierno en materia judicial penal. Lo que me extraña es que nuestros Jueces no entienden que ellos solo deben de hablar por sentencia, pero se vuelven loco cuando ven una cámara o un micrófono, y en su afán de figureo dicen hasta lo que no deben. Pero quien le quita eso a un Dominicano. Jochy Reyes.

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